Vacunación masiva
El 03 de febrero se dio inicio al periodo de vacunación masiva en el país contra el Covid-19. El objetivo de este plan sanitario es inocular a 15 millones de personas, priorizando aquellas en grupos de riesgo, servicios esenciales o con posibilidad sufrir complicaciones derivadas de la enfermedad.
Este proceso de vacunación es totalmente voluntario, no obstante la recomendación de parte del Ministerio de Salud es participar del mismo y vacunarse
¿Qué sucede dentro de la relación laboral?
Junto al inicio de la campaña de vacunación masiva, no se promulgó ninguna ley específica que hiciera obligatoria la inoculación de la vacuna para ciertos grupos de trabajadores, ni potestades especiales para que un empleador pueda sancionar o despedir bajo una nueva causal.
En general, la voluntad de vacunarse o no de un trabajador o trabajadora no debería afectar su actual contrato de trabajo.
Sin embargo, un empleador podría pactar con un trabajador un anexo de contrato en el que se incorpore esta obligación, por ejemplo, de “contar con la vacuna más actualizada contra el Covid-19”.
En tal escenario cabe recordar que la firma de un anexo de contrato siempre es voluntaria para la parte trabajadora, pues requiere de su voluntad para que éste anexo tenga efecto.
Otra forma en que el empleador puede implementar esta obligación de vacunación es a través de la inclusión de una norma al Reglamento Interno de la empresa.
Tal modificación debe cumplir con el correspondiente procedimiento, como por ejemplo, ponerla en conocimiento de los trabajadores con al menos 30 días de anticipación a la fecha de implementación de la nueva obligación. Al igual que toda modificación al Reglamento Interno, esta nueva obligación puede ser impugnada.
¿Presiones para firmar un anexo de contrato?
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